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Día del Trabajador 2026: Así funcionará el comercio durante este feriado

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Autor: Redacción Cooperativa

Se espera que centros comerciales y supermercados adelanten sus horarios de cierre durante la jornada previa al feriado.

Día del Trabajador 2026: Así funcionará el comercio durante este feriado
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Este viernes 1 de mayo será feriado irrenunciable en Chile por el Día Internacional del Trabajador, lo que implicará el cierre obligatorio del comercio y ajustes en su funcionamiento a nivel nacional.

La jornada corresponde además al segundo fin de semana largo del año y forma parte de los cinco feriados de carácter obligatorio e irrenunciable que contempla la legislación vigente.

Este tipo de fechas está regulado por la Ley 19.973 y no solo impacta el funcionamiento durante el día del festivo, sino que también modifica la operación del comercio desde la jornada previa.

¿Cómo funcionará el comercio durante el feriado irrenunciable?

De acuerdo con lo informado por la Dirección del Trabajo, la medida comenzará a regir desde las 21:00 horas del jueves 30 de abril y se extenderá hasta las 06:00 horas del sábado 2 de mayo.

En ese contexto, se espera que centros comerciales y supermercados adelanten sus horarios de cierre durante la jornada previa al feriado.

¿Quiénes deben trabajar el 1 de mayo?

La normativa establece que el descanso será obligatorio para los trabajadores del comercio, con excepción de quienes se desempeñen en los siguientes rubros:

  • Clubes
  • Restaurantes
  • Establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets).
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados
  • Establecimientos de venta de combustibles (conocidas como "bencineras" o "bombas de bencina")
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.

Desde la Dirección del Trabajo también precisan que los trabajadores excluidos de este descanso tendrán derecho a ejercerlo al menos una vez cada dos años con un mismo empleador, es decir, en forma alternada.

Además, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), José Pakomio, recordó en Cooperativa que, "en primer lugar, quienes pueden abrir el 1 de mayo son aquellos comercios que operan con sus propios dueños".

Con todo, el líder gremial puntualizó: "Es importante siempre hacer el llamado, especialmente al comercio detallista, que muchas veces no recuerda lo que hay detrás frente a una multa: quienes infrinjan la ley pueden verse expuestos a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) por trabajador", sumas que equivalen a entre 352.940 y 1.411.760 pesos.

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