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Rabat atribuyó a un "vacío legal" las rebajas de condena a pederastas: suspendió su tramitación

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Autor: Redacción Cooperativa

El ministro de Justicia anunció medidas para "impedir que se sigan otorgando estos beneficios", a los que él mismo lleva meses poniéndoles la firma.

El vocero del Ejecutivo, Gonzalo Arenas, argumentó que durante la administración del exministro Jaime Gajardo también se suscribieron decretos similares por orden judicial.

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El secretario de Estado aspira a "zanjar esta situación en un breve tiempo", para "darle tranquilidad a la ciudadanía".

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El ministro de Justicia, Fernando Rabat, atribuyó a un "vacío legal" la polémica concesión de rebajas de condena a 56 abusadores sexuales y violadores de niños aplicada en lo que va de Gobierno.

Dos días después de estallar la polémica, y a través de un comunicado, su cartera anunció "la suspensión de la tramitación de los decretos de rebaja de condena, junto con una serie de medidas legislativas destinadas a impedir que personas condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes continúen accediendo a estos beneficios".

En la declaración, el Minju afirmó que "la decisión se adoptó tras un análisis de la normativa vigente que, según explicó la autoridad (Rabat), permitió identificar un vacío legal relacionado con la aplicación de las restricciones a las rebajas de condena para personas sentenciadas antes de 2022".

"Lo que haremos ahora es abordar este problema, promoviendo y dando urgencia a una serie de proyectos de ley para impedir que se sigan otorgando estos beneficios a personas condenadas antes del año 2022", manifestó Rabat a propósito de los decretos que él mismo firmó -según una entrevista televisiva que dio ayer- sin conocimiento del Presidente José Antonio Kast, aunque los documentos indican lo contrario.

"Mientras tanto, vamos a dejar suspendida la tramitación de estos decretos, porque con la discusión inmediata de las iniciativas podremos zanjar esta situación en un breve tiempo y darle tranquilidad a la ciudadanía", señaló el secretario de Estado, de acuerdo al comunicado.

Asimismo, Rabat también confirmó que se redujeron las penas de dos internos condenados por crímenes de lesa humanidad.

Rabat descarta haber incurrido en infracción

Esta mañana, en conversación con Radio Duna, el titular de Justicia descartó haber incurrido en una infracción, argumentando que se limitó a cumplir la Constitución, la ley y el criterio que, según sostiene, han establecido los tribunales para las condenas anteriores a la reforma de 2022.

Rabat explicó que el Gobierno anterior rechazaba estas solicitudes y defendía la decisión ante los tribunales, pero que en la mayoría de los casos la justicia terminaba ordenando la entrega del beneficio, por lo que el resultado era el mismo.

En ese sentido, el secretario de Estado señaló que esos fallos establecieron una doctrina que su administración decidió aplicar directamente, sin esperar que cada solicitante recurriera a la justicia.

Gobierno respalda a Rabat

Exhibiendo un decreto firmado por el exministro Jaime Gajardo tras una resolución judicial y otro suscrito por Rabat, el vocero de Gobierno, Gonzalo Arenas, respaldó a Rabat y apuntó que "suponer que el Gobierno tiene alguna intencionalidad de favorecer a delincuentes que han cometido este tipo de delitos es una manipulación política de un tema humano muy grave".

"Por supuesto que el Gobierno no está contento con los decretos que rebajan las penas, y les quiero mostrar esto: es un ejemplo de uno de los decretos que presentó el gobierno anterior. 'Otórguese el beneficio de reducción de condena correspondiente a...', firmado Jaime Gajardo Falcón, ministro de Justicia. 'Otórguese el beneficio de reducción de condena a...', firmado Fernando Rabat, ministro de Justicia y Derechos Humanos. El resultado es exactamente el mismo, por lo tanto, en ambos casos se cumplió con la ley", aseveró.

El portavoz del Ejecutivo insistió en que "el ministro de Justicia no puede sino aplicar la ley, esta no es una facultad discrecional del Gobierno. Estamos convencidos de que aquí se respetó la Constitución y la ley".

Medidas para "restringir beneficios" y dejar su resolución en manos de jueces

El Ministerio también anunció la adopción de medidas "para resolver esta situación mediante modificaciones legislativas que serán impulsadas con discusión inmediata en el Congreso Nacional".

Entre éstas se incluye la presentación de un proyecto de ley para modificar el procedimiento de obtención del beneficio de reducción de condena por conducta intachable.

La iniciativa abordará las causales que excluyen de este beneficio, una regla de temporalidad para zanjar la discusión sobre qué requisitos serán exigibles a los postulantes, normas que garanticen el derecho de la víctima a ser oída, junto con "indicaciones e iniciativas legislativas destinadas a restringir estos beneficios".

Asimismo, el Ejecutivo impulsará el proyecto de ley que crea los Tribunales de Ejecución de Penas, una moción parlamentaria de carácter transversal que se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado, y que contempla un procedimiento especial para que las solicitudes del beneficios penitenciarios sean conocidas y resueltas por jueces.

"De esta forma, estas decisiones dejarían de estar a cargo de las actuales comisiones especiales establecidas por la legislación, trasladando su conocimiento a los tribunales de justicia", se indica.

En esa línea, el ministro vocero subrayó que "la idea es paralizar todos los decretos que se puedan paralizar y centrar la discusión legislativa en el Congreso. Los que están ejecutoriados, se entiende que ya pasaron todo trámite legal y, por lo tanto, una suspensión no procede". 

Respecto a los decretos ya ejecutados, el académico de la Universidad de los Andes, Pedro Anguita, explicó explicó si existe algún mecanismo jurídico para revisarlos o dejarlos sin efectos: "Si existe un vicio de legalidad, la administración tiene la potestad para invalidarlo dentro de un plazo de dos años desde que fue notificado o publicado", apuntó.

"Sin embargo, cuando se trata de otro tipo de de decretos, como -por ejemplo- estos que generan determinado tipo de derechos, la administración también puede revocarlos, pero si los decretos ya generaron derecho a los beneficiarios, a mi juicio no puede ser retroactiva esta revocación. Es decir, el decreto queda anulado, pero si ya produjo efecto y concedió determinado beneficio, no se puede dejar sin efecto", agregó.

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