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TC declaró admisibles requerimientos de la oposición contra la megarreforma

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El pleno del organismo aprobó por unanimidad revisar las dudas de constitucionalidad planteadas.

La controversia se centra en dos materias clave introducidas por el Ejecutivo en el proyecto.

TC declaró admisibles requerimientos de la oposición contra la megarreforma
 ATON (referencial)

La sentencia definitiva sobre el fondo del asunto se dictará el próximo 13 de agosto.

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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) determinó este jueves, de manera unánime, declarar admisibles los tres requerimientos presentados por sectores de la oposición contra dos puntos de la megarreforma impulsada por el Ejecutivo.

Esta decisión activa un calendario que incluye un plazo de cinco días para que el Gobierno y el Congreso presenten sus argumentos, además de una audiencia pública fijada para el 12 de agosto.

La resolución final sobre si estos artículos se ajustan o no a la Constitución se dará a conocer el 13 de agosto, tras concluir la fase de alegatos de todas las partes involucradas.

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La controversia se centra en dos materias clave introducidas por el Ejecutivo en el proyecto. (FOTO: ATON)

La máxima instancia de control constitucional del país validó los reclamos presentados por parlamentarios de oposición, quienes cuestionan la legalidad de dos componentes de la megarreforma.

Desde el Gobierno, sin embargo, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, afirmó que "las propuestas que se han hecho en este proyecto de ley son perfectamente y enteramente coherentes con nuestro orden constitucional, con nuestro orden jurídico económico, así que estamos tranquilos". 

Audiencia pública y participación de la sociedad civil

Como parte del procedimiento, el tribunal dispuso la realización de una instancia de escucha activa para la sociedad civil.

Esta audiencia pública, programada para la mañana del miércoles 12 de agosto, busca que los actores interesados que se hayan inscrito con antelación puedan manifestar sus perspectivas y preocupaciones sobre los alcances económicos y legales de la reforma en discusión.

Entre las entidades que ya formalizaron su solicitud de inscripción se encuentra la ONG de justicia ambiental FIMA, cuyo director ejecutivo, el abogado Ezio Costa, acusó que la megarreforma contiene elementos que afectan de manera directa la vida de las personas, lo que motivó esta petición.

"Estamos preocupados; por lo mismo hicimos esta solicitud de audiencia para que las organizaciones podamos representar frente al Tribunal Constitucional cómo las inconstitucionalidades de alguna de las normas van a redundar en afectaciones directas a los derechos de las personas y las comunidades. Esperamos que distintas organizaciones, tanto desde el mundo ambiental como desde otros mundos, se hagan parte de esta audiencia", explicó el subdirector del Centro de Derecho Ambiental de la Universidad de Chile​ y docente de la misma casa de estudios.

Choque de visiones

Ante esta decisión del TC de revisar los requerimientos opositores, el senador Iván Moreira (UDI) optó por quitarle dramatismo: "Forma parte del normal funcionamiento de nuestras instituciones. Como oficialismo, estamos tranquilos porque creemos que esta reforma se ajusta plenamente al orden constitucional".

Mientras que el diputado Luis Sánchez (Republicanos) dijo que "yo espero que aquí se resuelva esto sobre la base del derecho. Claramente no hay mayores fundamentos en lo que sostiene la oposición en el Tribunal Constitucional. En nuestro país existió invariabilidad tributaria durante varios años y nunca se cuestionó la constitucionalidad de esto".

En la contraparte, el diputado Jaime Araya (PPD) aseguró que "fallaron todos los pronósticos de los fogones de Republicanos, que se burlaron de nuestro requerimiento y que decían que no iba a ser acogido a trámite. Y va a quedar establecido que el trabajo que ellos hicieron para darle más millones de dólares a sus amigos multimillonarios, en perjuicio de los sectores más vulnerables, de la clase media, de la gente de trabajo de nuestro país, atenta contra nuestra Constitución".

El senador Juan Luis Castro (PS) argumentó que "la invariabilidad tributaria y la resolución de calificación ambiental efectivamente, tal como vienen en el proyecto despachado a ley, tienen vicios de la carta fundamental y por lo tanto esperaríamos el fondo de la causa en los días que vienen para tener el resultado definitivo".

A su vez, el senador del PPD Ricardo Celis señaló que "han fallado aquí muchos pronósticos que supusieron que no había nada que requiriera al Tribunal Constitucional. Los hechos han demostrado que el tribunal sí ha considerado que aquí hay elementos suficientes, a lo menos para revisar".

Mientras, el diputado comunista Marcos Barraza apuntó a "la invariabilidad tributaria: un régimen tributario distinto para quienes tienen más de 50 millones de dólares respecto de quienes tienen menos de 50 millones de dólares".

"En segundo lugar, con la plata de todas las chilenas y todos los chilenos, se tiene que indemnizar a quien incumple la norma ambiental. El Gobierno debería actuar con prudencia y no con exitismo como lo ha hecho el Presidente Kast", agregó.

Punto clave, la "desigualdad entre municipios"

Para el académico Usach Jorge Araya, también exdirector de Seguridad Pública en el Ministerio del Interior, la tramitación de la megarreforma revivió "la discusión sobre la desigualdad de ingresos entre municipios", y la pregunta obvia es "¿cómo justificar que Vitacura cuente con más de un millón y medio de pesos por cada habitante de su comuna, mientras Conchalí tenga solo algo más de medio millón o La Pintana no llegue a doscientos mil pesos por habitante?".

"Si podemos apelar a lo razonable, una gran mayoría debería conceder que en un sistema capitalista necesariamente existirá desigualdad, pero que esta no puede ser generada desde el Estado (...) y si es así, ¿cómo es posible que con recursos del Estado se genere un alto nivel de desigualdad entre municipios?", cuestionó.

Araya apunta que la respuesta está en la ley de Rentas Municipales promulgada el año 1979, que estableció, entre otras cosas, que el impuesto territorial o las patentes municipales son "ingresos propios" del municipio, aun cuando la existencia de propiedades de alto valor en ciertas comunas no se deba a la gestión municipal, o el pago de la patente industrial o comercial en cierto lugar no sea mérito de la gestión municipal ni refleje el lugar donde se desarrollan las principales actividades del ente comercial; y así, también es válido cuestionarse -considera- si esta ley pasaría hoy un control de constitucionalidad.

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