Justicia condenó a Isapre Consalud por uso de tabla de factores derogada
La firma deberá restituir 137,7 y 44,1 UF a dos afiliados por cobros excesivos.
El fallo acreditó un "perjuicio patrimonial" directo al no cumplir con la normativa.

La firma deberá restituir 137,7 y 44,1 UF a dos afiliados por cobros excesivos.
El fallo acreditó un "perjuicio patrimonial" directo al no cumplir con la normativa.
El Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente una demanda de indemnización presentada por dos afiliados contra Consalud S.A., por haber utilizado la polémica tabla de factores de riesgo que fue derogada en 2010 por el Tribunal Constitucional (TC).
La magistrada Lorena Cajas, a cargo del caso, desestimó la excepción de prescripción argumentada por la isapre, al considerarla sin fundamentos.
El fallo judicial establece que Consalud "realizó cobros que consideraban una tabla de factores de riesgo no acorde a lo mandatado por nuestro Excelentísimo Tribunal Constitucional, lo que se refleja claramente en los certificados de cotizaciones y en los Formulaciones Únicos de Notificación, respecto de los demandantes de autos".
Esta acción de la isapre generó un "perjuicio patrimonial" directo a los afectados, ya que la compañía no cumplió con una sentencia previa ni consideró las circulares vigentes, incluso aquellas que su propia defensa incorporó al expediente.
A pesar de acoger la demanda por daño emergente, el tribunal rechazó las solicitudes de indemnización por lucro cesante y daño moral. En cuanto al lucro cesante, que los demandantes avaluaban en 15.420.044 pesos, la magistrada determinó que la prueba aportada no cumplió el estándar requerido para acreditar esta pérdida de ganancias esperadas, especialmente porque se basaba en la aplicación de intereses corrientes sin justificar cómo esto constituía una ganancia real.
Respecto al daño moral, la resolución señaló que "los demandantes no rindieron prueba alguna para este concepto, no bastando sus meras declaraciones para tenerlo por acreditado".
En consecuencia, el Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago resolvió condenar a Consalud S.A. a pagar por concepto de daño emergente debido a las cotizaciones en exceso. María Soledad Ruiz Díaz recibirá un total de 137,7 UF y Marcial Armando Espinosa Rivera, 44,1 UF. Estas sumas deberán ser restituidas en su equivalente en pesos al día del pago, considerando que el plan "Araucaria 280" era de tipo compensado, y se aplicarán intereses en caso de que la isapre incurra en mora durante la etapa de cumplimiento del fallo.