Suprema revirtió expulsión de alumnos del Saint George's que alteraron fotos de compañeras con IA

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal descartó ilegalidad en la decisión del establecimiento al aplicar la condicionalidad de los implicados.

El fallo defendió la libertad de enseñanza amparada en la Constitución.

Suprema revirtió expulsión de alumnos del Saint George's que alteraron fotos de compañeras con IA
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La Corte Suprema resolvió revertir la expulsión de cuatro estudiantes del Colegio Saint George's, de Vitacura, quienes en febrero de 2024 utilizaron inteligencia artificial para trucar fotografías de siete compañeras para que parecieran desnudas.

Luego de la denuncia realizada por los apoderados de las menores afectadas, el establecimiento aplicó su reglamento interno y sancionó a los responsables con la "condicionalidad", lo que le permitió seguir compartiendo espacio con las víctimas.

Debido a ello, los padres de las afectadas llevaron el caso a tribunales para exigir la expulsión de los estudiantes a través de un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago.

Allí, el tribunal de alzada acogió la solicitud y ordenó al Colegio Sanit George's cancelar la matrícula de los involucrados.

El caso no terminó allí y la sentencia llegó a la Corte Suprema que esta semana reconoció la autonomía constitucional de los establecimientos educacionales y retrotrajo la expulsión, manteniendo así sólo la condicionalidad de los estudiantes.

La Tercera Sala de la Suprema "descartó ilegalidad o arbitrariedad en la decisión del colegio que aplicó la sanción considerada en su reglamento interno amparada en la libertad de enseñanza, sin que se hubiere acreditado una actuación caprichosa o arbitraria, teniendo para ello presente la autonomía constitucional de los cuerpos intermedios y, especialmente, de las instituciones de educación particulares", indicó el Poder Judicial.

El fallo definitivo remarcó que la libertad de enseñanza faculta a los establecimientos "a organizarse y actuar en lo que a responsabilidad y ámbito disciplinario se refiere libres de interferencias que lesionen su núcleo esencial", lo que es reconocido en la Constitución.

Así, añadió, "la elección de una de las sanciones disciplinarias posibles dentro del catálogo de las definidas en el reglamento interno de un establecimiento educacional privado se inserta en su proyecto formativo, en tanto la convivencia, sus límites y reglas, la regulación del comportamiento, la responsabilidad y la autonomía producen determinados aprendizajes que inciden en el tipo de sociedad que se quiere construir, a través de la formación de los estudiantes".

Por ello, cerró el falló, "no se aprecia transgresión a la legalidad, en tanto la decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados, en ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, que toda la comunidad escolar reconoce y acepta al elegir el colegio recurrido, considerando además que se aplicaron medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales, que completan el carácter corrector y formador de las sanciones disciplinarias impuestas".

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